Artículo de opinión de Raquel Sánchez Sanz, jefe del Departamento de Servicios Jurídicos del COF de Madrid
Madrid, 7 de mayo de 2018. La autora de este artículo de opinión, Raquel Sánchez Sanz, jefe del Departamento de Servicios Jurídicos del COF de Madrid, señala que los COF, por el carácter fundamentalmente público de sus atribuciones y por tratar datos masivamente, deben realizar cambios que refuercen su compromiso con el principio de responsabilidad en el tratamiento de datos y de la información.
El Reglamento General de Protección de Datos (RGPD), plenamente efectivo a partir del 25 de mayo, es causa de la evidente revolución tecnológica habida en la sociedad. Además de modernizar la legislación de los Estados miembros, ya obsoleta, refuerza el derecho fundamental de los ciudadanos a la protección de sus datos personales, elevando sus garantías de manera uniforme en toda la Unión Europea (UE). Aunque no supondrá un cambio drástico, sí significará un antes y un después para todas las organizaciones, independientemente de su tamaño, naturaleza o tipo de actividad.
Los colegios profesionales de farmacéuticos, por el carácter fundamentalmente público de sus atribuciones y por tratar datos masivamente (entre ellos los derivados de la gestión, facturación y liquidación de las recetas del SNS), deben realizar cambios que refuercen su compromiso con el principio de responsabilidad en el tratamiento de datos y de la información. En esta línea trabaja desde hace tiempo el Colegio Oficial de Farmacéuticos de Madrid, comprometido con la seguridad de sus más de 13.000 colegiados. Nuestra hoja de ruta es más exigente que la de colegios más pequeños, que tratan pocos datos y de escaso riesgo, y que, probablemente, podrán adaptarse haciendo uso de la herramienta Facilita RGPD de la Agencia de Protección de Datos (AEPD).
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