Aplazamiento de deudas tributarias: todo lo que necesitas saber

Compartir en:

[vc_row][vc_column][vc_empty_space height=»60px»][/vc_column][/vc_row][vc_row content_placement=»middle»][vc_column][vc_single_image image=»12472″ img_size=»1920×1080″ alignment=»center»][/vc_column][/vc_row][vc_row][vc_column][vc_empty_space height=»60px»][/vc_column][/vc_row][vc_row][vc_column][vc_column_text]Desde Cofm Servicios 31 nos ponemos en contacto contigo ante las consultas surgidas en materia fiscal y laboral a raíz de la situación excepcional generada por el coronavirus.

Por este motivo, queremos informarte a continuación de las novedades producidas tras la publicación en el Boletín Oficial del Estado del Real decreto-ley 7/2020 por el que se adoptan medidas urgentes para responder al impacto económico de COVID-19.

En relación a dicho decreto, en materia fiscal cabe destacar el artículo 14 del Capítulo IV, Medidas de Apoyo Financiero Transitorio, sobre aplazamiento de deudas tributarias.

 

Esto se traduce en que:

  • Las deudas correspondientes a la declaraciones-liquidaciones y autoliquidaciones, cuyo plazo de presentación e ingreso esté comprendido entre el día 12 de marzo y el 30 de mayo (en este caso, para las farmacias será el primer trimestre del año), podrán aplazar el pago de dicha deuda durante 6 meses sin devengar intereses, siempre que reúnan unos requisitos en cuanto a la constitución de garantías de dicho aplazamiento.

 

  • Además, dicho aplazamiento se realizará previa solicitud y sin tener que aportar garantías (avales) hasta un máximo de 30.000€.

 

En otro orden de cosas, cabe destacar también que los plazos de presentación de los impuestos podrían verse modificados en los próximos días, una información que la AEAT proporcionaría en tal caso.

Desde los departamentos de consultoría contable-fiscal y laboral de COFM Servicios 31 esperamos que esta información sea de tu interés. Si tienes cualquier duda o consulta, puedes contactar con nosotros a través de:

consultoría.fiscal@cofmservicios31.es

consultoria.laboral@cofmservicios31.es

 

[/vc_column_text][/vc_column][/vc_row][vc_row][vc_column][vc_empty_space height=»60px»][/vc_column][/vc_row]

También te podría interesar