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Gestión ante Organismos Públicos

Pregunta. Tengo que modificar mi local, una farmacia que está en la Comunidad de Madrid. ¿Debo solicitar autorización a la Consejería de Sanidad?

Respuesta. Si quieres realizar algún cambio en las instalaciones del local de tu oficina de farmacia en la Comunidad de Madrid debes solicitar autorización a la Dirección General de Ordenación e Inspección, tal y como establecen la Ley 19/1998, de 25 de noviembre, de Ordenación y Atención Farmacéutica de la Comunidad de Madrid y el Decreto 115/1997, de 18 de septiembre, por el que se establecen la planificación farmacéutica, los criterios de valoración de conocimientos académicos y experiencia profesional, los horarios y turnos de guardia y el procedimiento en materia de autorizaciones de oficinas de farmacia en la Comunidad de Madrid. Estos cambios incluyen tanto la ampliación y reducción de la superficie útil del local como las modificaciones de la estructura interna. Más información.

Pregunta. Estoy interesado en obtener autorización como Depósito de Medicamentos. ¿Me podéis informar?

Respuesta. Los Depósitos de Medicamentos estarán vinculados a una oficina de farmacia o a un Servicio de Farmacia de Hospital preferentemente de su zona farmacéutica o del mismo municipio, en su defecto. El procedimiento de la autorización de estos servicios lo establece la Consejería de Sanidad de la correspondiente comunidad autónoma. La adquisición de medicamentos para estos depósitos se efectuará obligatoriamente a través del Jefe del Servicio de Farmacia del hospital o por el Farmacéutico Titular de la oficina de farmacia a los que se encuentren vinculados, quienes serán responsables de la custodia, conservación y dispensación de los medicamentos. Los Depósitos de Medicamentos tendrán una localización adecuada y de fácil acceso dentro del Centro Hospitalario. Más información