Cuánto tiempo tengo que conservar la documentación de la Renta del 2015

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Una de las cosas para que muchos han aprovechado el confinamiento, es para poner en orden «los papeles», teniendo en cuenta, además, que tocaría hacer la declaración de la Renta.

Como sabes, existe la obligación de conservar los justificantes y documentos acreditativos de las operaciones, rentas, gastos e ingresos consignados en la Renta.

En general, el plazo de prescripción es de 4 años, contando desde que finaliza el periodo voluntario de presentación de la declaración, y siempre y cuando no se haya interrumpido dicho plazo con alguna notificación de la Agencia Tributaria, ya que, en estos casos, se vuelven a reiniciar los 4 años de prescripción.

En una situación normal, la Renta del 2015 prescribiría el 1 de julio y, por tanto, podrías deshacerte de la documentación referente a ese ejercicio a partir de esa fecha.

Sin embargo, este año, a consecuencia de la situación excepcional por el estado de alarma generado por el Covid 19, se suspendieron los plazos de prescripción, y se reanudaron de el 4 de junio. ¿Qué implicaciones tiene esto? Que la Renta del 2015 no prescribe el 1 de julio, sino que lo hará el 20 de septiembre.

En definitiva, es importante que conserves la documentación del 2015 hasta el 20 de septiembre de 2020.

Si tienes cualquier duda, puedes ponerte en contacto con el departamento de consultoría Fiscal de COFMS31.

 

Consultoría.fiscal@cofmservicios31.es

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