Datos obligatorios que los autónomos deben enviar a la Seguridad Social

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Como ya informamos desde COFMS31, desde la Seguridad Social avisaron durante el mes de octubre que los trabajadores autónomos que ejercen como administradores de una sociedad o pertenecen a una comunidad de bienes deben comunicar, a través de la Sede Electrónica de la Seguridad Social, los datos de las mismas.

Datos obligatorios a la Seguridad por qué los autónomos deben enviarlos y consecuencias de no hacerlo
Datos obligatorios que los autónomos deben enviar a la Seguridad Social

Por qué los autónomos deben realizar el trámite de la Seguridad Social

Esta obligación de comunicar a la Seguridad Social se articula en el Real Decreto 504/2022, en el que se regula el nuevo sistema de cotización por rendimientos netos.

«Datos obligatorios que los autónomos deben enviar a la Seguridad Social»

No obstante, aún existen ciertos interrogantes de tipo jurídico en el caso de que no se pueda cumplir con el plazo dado. El Consejo General de Graduados Sociales de España publicó una nota de prensa indicando la posible ampliación del plazo recogido en el RD 504/22 al 31 de marzo de 2024, un hecho del que seguiremos informando.

Ante cualquier duda, puedes consultar a nuestros expertos del departamento de Consultoría Laboral de COFMS31.

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