Madrid, 26 de noviembre de 2018. La actividad de la farmacia está regulada al dedillo, de manera que la búsqueda de un local puede suponer un laberinto normativo en el que perderse fácilmente. Para acertar en su elección, los expertos consultados por CF recomiendan tener en cuenta tres factores: la regulación, el papel asistencial y los posibles beneficios. También hay que valorar que las características del establecimiento están sujetas a la regulación autonómica de turno.
En el caso de autorización de nuevas boticas, el titular deberá realizar una solicitud de instalación de nueva oficina y otra de funcionamiento. “A ellas se adjuntará el plano del local propuesto, un croquis con su emplazamiento respecto a otras farmacias y a los centros de salud, la licencia municipal de apertura (o su solicitud) y la acreditación de la disponibilidad jurídica del local, entre otros documentos”, explica Beatriz Herreros, consultora farmacéutica de CofmS31.
Antes de realizar cualquier reducción, ampliación o reforma interior que suponga un cambio en la distribución del local, será necesario solicitar la autorización a la Consejería de Sanidad. “Como cada farmacia presenta unas particularidades, el titular deberá tener en cuenta las distancias con otras oficinas y centros de salud, el tamaño del local en el momento de la autorización, la posibilidad de solicitar un cierre voluntario si no puede garantizar un adecuado servicio durante el tiempo que duren las obras, etcétera”, añade Herreros.
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