Madrid, 8 de enero 2018. Cobrar la totalidad de la pensión de la Seguridad Social y seguir ejerciendo como titular de la farmacia ya es una realidad desde finales de octubre del año pasado, con la entrada en vigor de la Ley de Reformas Urgentes del Trabajo Autónomo el 26 de octubre. A pesar de ello, hay que tener en cuenta que esta mejora no es aplicable a los autónomos que formen parte de una comunidad de bienes, «ya que en estos casos es ésta la que contrata y no el trabajador autónomo».
Los titulares que reúnan estas condiciones tendrán unos ingresos complementarios a su actividad hasta que quieran o hasta que sus circunstancias se lo impidan. Se trata de un paso importante para aquellos que tengan trabajadores a su cargo y que todavía no tengan previsto retirarse, «ya que hasta la publicación de esta ley solo percibían el 50 por ciento de la pensión», añade Enrique Casado, asesor de la consultoría Laboral CofmS31.
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