Madrid, 21 de abril de 2017. Por encima de todo, la salud del paciente. Esta es la consideración que prevalece ante situaciones que han experimentado todas las oficinas de farmacia nacionales: la presentación por parte de un usuario de un documento (véase un informe de Urgencias o una receta sin validar) que contiene una prescripción terapéutica, pero que no tiene la consideración de receta oficial y/o válida.
En estos casos, y en aras de favorecer el acceso del paciente a su tratamiento ante una necesidad sanitaria, la lógica impera y la situación se acaba solventando con la dispensación del tratamiento, aunque no se ajuste escrupulosamente a los cauces de legalidad. Esta forma de proceder es, si cabe, más importante en el caso de medicamentos ‘especiales’ que deben ser iniciados o continuados en plazos cortos de tiempo pero que, a su vez, necesitan contar con la homologación sanitaria adicional a la prescripción original del especialista.
En este sentido, los colegios farmacéuticos vienen trabajando con las administraciones en la búsqueda de soluciones a este tipo de situaciones. Unas soluciones con las que compaginar la atención al paciente y el rápido acceso a su medicación con la seguridad (legal) del acto de dispensación.
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