Tras la aprobación del Proyecto de Ley de Medidas de Prevención y Lucha contra el Fraude Fiscal, es posible que te surjan algunas dudas. A continuación, destacamos los puntos más importantes a tener en cuenta.
Medidas antielusión fiscal
Este Proyecto de Ley también contempla la transposición de la Directiva europea antielusión fiscal, conocida como ATAD, por la que se establecen normas contra las prácticas de elusión fiscal, que inciden directamente en el mercado interior. Esta incorpora varias de las materias tratadas en los informes de la OCDE del Plan de acción para evitar la erosión de la base imponible y el traslado de beneficios (Plan BEPS)
Así, se incorporarán a la legislación española los ámbitos de la directiva concernientes a la Transparencia Fiscal Internacional (TFI) y a la imposición de salida o «Exit Tax».
Con el «Exit Tax» se busca garantizar que “cuando una empresa traslade sus activos o su residencia fiscal fuera del Estado, dicho Estado grave el valor económico de cualquier plusvalía creada en su territorio, aun cuando la plusvalía en cuestión todavía no se haya realizado en el momento del traslado de activos. De este modo, se consigue que tributen en España las plusvalías generadas cuando una sociedad traslada su residencia fiscal al extranjero”, tal y como señalan fuentes oficiales.
Ampliación del listado de deudores de la Hacienda Pública
Para poder fomentar el ingreso de deudas por parte de los grandes deudores con Hacienda, se establece la disminución del umbral mínimo requerido para su inclusión en el listado, pasando de 1.000.000 euros a 600.000 euros, e incluye a los responsables solidarios.
Valor de referencia (ITPAJD, IP e ISD)
El valor de referencia del Catastro se convierte en la base imponible de los tributos patrimoniales de forma objetiva. Ese valor de cada inmueble se basa en todas las compraventas de inmuebles efectivamente realizadas y formalizadas ante fedatario.
Se calculará con reglas técnicas justas y transparentes y será fijado por Catastro mediante un garantista procedimiento administrativo.
Endurecimiento de la limitación de los pagos en efectivo
Teniendo en cuenta que usar medios de pago en efectivo facilita el fraude, ahora se disminuye el límite general de este tipo de pagos. De esta forma, se modifica la limitación del pago en efectivo para determinadas operaciones económicas que pasará de 2.500 a 1.000 euros, en el supuesto de operaciones entre empresarios. Sin embargo, para minimizar el posible daño colateral que esto supone para los particulares, se mantiene el límite de 2.500 euros para los pagos realizados por estos últimos.
Por otro lado, se reduce el límite de pago en efectivo de 15.000 a 10.000 euros para aquellos particulares que tengan su domicilio fiscal fuera de España.
Prohibición de amnistías fiscales
Esta medida afecta a grandes fortunas y patrimonios e impide que haya beneficios tributarios que no estén justificados y que supongan la quiebra del deber de contribuir al sostenimiento de los gastos estatales.
La ministra de Hacienda manifestó recientemente que “se acabó crear agravios comparativos con millones de españoles que cumplen disciplinadamente con sus obligaciones fiscales. A partir de ahora los ciudadanos saben que el Estado no se rendirá ni buscará atajos en su lucha contra el fraude fiscal”, señaló Montero.
Lucha contra los paraísos fiscales
El concepto de los paraísos fiscales. y tal y como se entendía hasta ahora, se amplía y se actualiza. En primer lugar, pasa a denominarse jurisdicciones no cooperativas (término internacional).
Asimismo, se incluirán, por ejemplo, los territorios donde haya opacidad y falta de trasparencia, en los que no hay un efectivo intercambio de información sobre el titular real, o donde exista baja o nula tributación, entre otros.
Cumplimiento voluntario de las obligaciones
Se trata de medidas que fomenten el pago voluntario a través de cambios en el régimen de reducciones aplicables a sanciones tributarias y en el régimen de recargos.
Control de criptomonedas
Se pusieron de moda y, hoy en día, es necesario tener un mayor control sobre las criptomonedas o monedas virtuales. Por eso se incorpora la obligación de informar sobre su tenencia y lo que se hace con ellas, tanto las situadas en España como en el extranjero, si afecta a contribuyentes españoles. Por ello, se exigirá aportar información de saldos y titulares de las monedas de custodia, así como dar información sobre las operaciones de adquisición, transmisión, transferencia, cobros y pagos con las mismas.
Lucha contra el software de doble uso
En la actualidad, este tipo de programas permiten manipular la contabilidad y, por ello, serán prohibidos. Además, la Agencia Tributaria contará con herramientas para reforzar la lucha contra su uso.
Desde COFM Servicios 31 estamos para ayudarte. Si tienes dudas, consúltanos.
Consultoría Contable-Fiscal
- servicios@cofmservicios31.es
- 91 406 83 78
- 91 406 83 87
- 91 406 84 34
- 91 406 84 96