– Una sentencia niega a una auxiliar de farmacia con reducción de horario el pago añadido por trabajar en un día no laborable para la mayor parte de los sectores; algo que no es igual en el sector de la botica.
Madrid, 31 de agosto de 2017. Un trabajador de oficina de farmacia no podrá reclamar como horas extraordinarias las trabajadas en festivos si disfruta del régimen de jornada reducida. Así lo ha concluido el Juzgado de lo Social número 13 de Málaga en una sentencia en la que rechaza la petición de una auxiliar que solicitaba el pago de los servicios diurnos prestados en varios días festivos de 2014 y 2015 y servicios nocturnos en otros tres días festivos de 2015.
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