[vc_row][vc_column][vc_column_text]Entra en vigor el Real Decreto-ley 3/2021, de 2 de febrero, (página 11) por el que se adoptan medidas que pretenden reducir la brecha de género y, para ello, incluye un nuevo complemento en las pensiones que sustituye al actual complemento de maternidad, el “Complemento de pensiones contributivas para la reducción de la brecha de género”.
La compensación será una cuantía fija de 378 euros anuales (27 euros mensuales en 14 pagas) por cada hijo, desde el primero, (hasta ahora solo podía acceder la madre a partir del segundo hijo biológico o adoptado) y hasta un máximo de cuatro hijos.
De esta forma, el Ejecutivo pretende reducir la brecha de género en las pensiones del 30% actual a menos del 5%, y por ello, esta medida estará en vigor hasta que se logre dicho objetivo.
¿Quién pueden acceder?
Podrán acceder las madres que sean beneficiarias de una pensión contributiva de jubilación, de incapacidad permanente o viudedad.
Cabe destacar que este complemento también podrá ser solicitado por los padres, siempre que acrediten un perjuicio en su carrera profesional tras el nacimiento del hijo, y si cumple los siguientes requisitos: que se hayan quedado viudos y tengan hijos en edad de recibir pensión de orfandad, o hayan interrumpido su cotización más de 120 días entre los 9 meses anteriores al nacimiento, y los tres años posteriores a la fecha si los hijos han nacido o han sido adoptados antes de 1995.
No obstante, si los dos progenitores acreditan el perjuicio o si ninguno de los dos lo hace, el derecho se le reconocerá a la madre.
Este beneficio se extiende a las jubilaciones anticipadas de carácter voluntario. Así, el complemento se reconocerá en todas las modalidades de pensión: jubilación, incapacidad permanente y viudedad, excepto la jubilación parcial.
El origen del complemento
Este complemento se puso en marcha en 2016, y consistía en un porcentaje adicional de las prestaciones de jubilación, incapacidad permanente o viudedad de las mujeres que hubieran sido madres de dos o más hijos, de la siguiente manera: se les abonaba un 5% adicional a su pensión en caso de dos hijos; un 10% si se trataba de tres, y un 15% a partir del cuarto o más.
Ahora, este nuevo complemento beneficiará especialmente a las pensiones más bajas. Así, si en el modelo preexistente, una mujer con dos hijos podía recibir un 5% más de pensión, a partir de ahora, la pensión subirá un 6% para las mujeres que reciben una pensión media y un 8%, en el caso de las que reciben una pensión mínima, según informa Europa Press.
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