[vc_row][vc_column][vc_empty_space height=»60px»][/vc_column][/vc_row][vc_row content_placement=»middle»][vc_column][vc_single_image image=»12453″ img_size=»1920×1080″ alignment=»center»][/vc_column][/vc_row][vc_row][vc_column][vc_empty_space height=»60px»][/vc_column][/vc_row][vc_row][vc_column][vc_column_text]Debido a la situación actual que estamos viviendo en España ante al estado de alarma para la contención del Covid-19 o coronavirus, a continuación, Fernando Benitez y Miguel Ángel Lucas, del departamento de Protección de Datos de Cofm Servicios 31, responden a las múltiples dudas que pueden surgir en el ámbito de la protección de datos respecto a la relación laboral que une a todos los miembros que forman parte de la oficina de farmacia: titulares, adjuntos, auxiliares, técnicos y facultativos, entre otros.[/vc_column_text][/vc_column][/vc_row][vc_row][vc_column][vc_empty_space height=»60px»][/vc_column][/vc_row][vc_row][vc_column][vc_toggle title=»¿Si estoy infectado, puede mi empleador hacerme un cuestionario para comprobar mi estado de salud?»]Debe primar la responsabilidad y el sentido común, dado que, si estamos infectados y no lo comunicamos a nuestro empleador o compañeros, ponemos en peligro la salud de nuestros compañeros de trabajo.
El titular de la oficina de farmacia, como responsable de la entidad, tiene la obligación de conocer si un trabajador está infectado o no para poner en marcha los protocolos habilitados por las autoridades sanitarias. Es por ello que se podrán hacer preguntas para conocer si tiene los síntomas del coronavirus, así como si esa persona ha sido diagnosticada como contagiada o debe de permanecer en cuarentena.
Lo que no está permitido es facilitar un cuestionario de salud externo y detallado o que se realicen preguntas no relacionadas con la enfermedad, dado que solicitar más información personal de la debida supondría una vulneración del principio de minimización de datos recogido en el artículo 5.1 c) del Reglamento General de Protección de Datos.
La propia Agencia Española de Protección de Datos ha expuesto que “ Los trabajadores que, tras haber tenido contacto con un caso de coronavirus, pudieran estar afectados por dicha enfermedad y que, por aplicación de los protocolos establecidos por las Autoridades Sanitarias competentes, se ven sometidos al correspondiente aislamiento preventivo para evitar los riesgos de contagio derivados de dicha situación hasta tanto se disponga del correspondiente diagnóstico, deberán informar a su empleador y al servicio de prevención o, en su caso, a los delegados de prevención (Ley de Prevención de Riesgos Laborales)”.[/vc_toggle][vc_empty_space height=»60px»][vc_toggle title=»¿Puedo preguntar a los clientes y pacientes que acudan a la oficina de farmacia si han viajado a algún país afectado por el coronavirus o si presentan sintomatología relacionada con el coronavirus?»]Los titulares de oficina de farmacia, en calidad de empleadores, tienen la obligación legal de proteger la salud de las personas trabajadoras y mantener el lugar de trabajo libre de riesgos sanitarios, por lo que estaría justificada la solicitud de información a los empleados y visitantes externos sobre síntomas o factores de riesgo sin necesidad de pedir su consentimiento explícito tal y como se recoge en el Reglamento General de Protección de Datos y la Ley de Prevención de Riesgos Laborales.
Por tanto, se podrá solicitar información relativa a viajes o desplazamientos realizados durante las 2 últimas semanas y, siempre y cuando, dicha recogida de información se limite a conocer si un paciente o cliente tiene alguno de los síntomas de la enfermedad o ha estado en contacto directo con alguna persona que haya dado positivo en los test de detección del coronavirus.[/vc_toggle][vc_empty_space height=»60px»][vc_toggle title=»¿Tengo la obligación de decirle a mi empleador que el motivo de mi baja laboral es por contagio del coronavirus?»]Con carácter general, no tenemos la obligación de informar a nuestro empleador el motivo o la razón de nuestra baja por enfermedad, no obstante, y debido a las circunstancias especiales que estamos viviendo con el coronavirus, “este derecho individual puede ceder frente a la defensa de otros derechos como el derecho a la protección de la salud del colectivo de trabajadores en situaciones de pandemia y, más en general, la defensa de la salud de toda la población.”, tal y como expone la Agencia Española de Protección de Datos en el documento titulado “Preguntas frecuentes sobre el tratamiento de datos en relación con el coronavirus.”[/vc_toggle][vc_column_text]Si tienes más dudas, puedes contactar con nuestro departamento de Protección de Datos en proteccion.datos@cofmservicios31.es[/vc_column_text][/vc_column][/vc_row]