¿Tenes claro cómo gestionar los residuos de la farmacia?
Desde que se aplicaran las novedades en la gestión de residuos, hay quienes siguen teniendo algunas dudas sobre dónde y cómo depositar los residuos de medicamentos y productos sanitarios. Y la respuesta es SIGRE, aunque no en todos los casos, pues existen ciertas matizaciones que desde el departamento de Consultoría Técnico-Farmacéutica nos aclaran.
Lo que sí se deposita en el punto SIGRE
Según se desprende de la Ley 7/2022 de 8 de abril de residuos y suelos contaminados para una economía circular, en las oficinas de farmacia es obligatorio que la entrega y recogida de los residuos de medicamentos de origen doméstico se haga a través de los mismos canales que se han usado para distribuirlos y vender al público, dentro del sistema colectivo de responsabilidad ampliada del productor autorizado. “En el caso de la Comunidad de Madrid, actualmente solo existe SIGRE cuando se trata de medicamentos de uso humano caducados, medicamentos de uso humano que no necesites, cajas y envases vacíos o con restos de medicamentos. Y también los restos del SPD (Servicio Personalizado de Dosificación)”, aclara Lourdes Oruezábal, consultora del departamento de Consultoría Técnico-Farmacéutica de COFMS31. La experta matiza que, “de forma excepcional, es posible también depositar en el punto SIGRE agujas que vayan unidas al envase del medicamento y no puedan separarse del mismo (por ejemplo, las jeringas precargadas de insulina), aunque solo cuando dichas agujas estén protegidas correctamente”.
Lo que no se deposita en el punto SIGRE
¿Qué ocurre con otros productos, como termómetros o radiografías? Estas no pueden ir en el punto SIGRE. “Según el municipio en el que se encuentre, hay que consultar si existe una recogida específica para este tipo de residuos y en qué cantidad”, señala Oruezábal.
En el Ayuntamiento de Madrid, por ejemplo, existen puntos limpios para algunos residuos peligrosos y aceptan hasta 1 kg. de residuo.
Otros productos que no van en el punto SIGRE son las gasas y material de cura (bolsa negra/fracción resto), las pilas y los medicamentos veterinarios. Para estos últimos existen sistemas de recogida selectiva de envases autorizados (contenedor azul para papel y cartón, amarillo para envases ligeros y verde para el vidrio) y el medicamento veterinario al contenedor de residuo urbano (bolsa negra/fracción resto).
Por otro lado, las farmacias también están obligadas a contar con un gestor autorizado para estos otros tipos de residuos:
- Los reactivos químicos y otras sustancias empleadas para formulación magistral que se encuentren caducados: aquellos que no vayan a ser empleados o sobren de la elaboración de fórmulas magistrales.
- Aquellas farmacias que realicen pruebas de glucosa, colesterol y/o triglicéridos también deben gestionar estos residuos biosanitarios.
- Aquellos medicamentos que se dispensan a través de sitio web y son devueltos a la farmacia por motivos concretos, como ser suministrados por error, no corresponder con el pedido o haber resultado dañados durante el transporte.
Debido a la complejidad que supone el hacerlo de forma individual, máxime cuando la recogida de residuos debe ser efectiva y es obligada en estos casos, el COFM facilita a sus colegiados la gestión de los residuos generados en sus farmacias a través del acuerdo suscrito con la empresa SRCL CONSENUR para que esta realice una gestión integral de los residuos de las farmacias que lo requieran.
Puedes ampliar información de este servicio a través de este enlace.
Recuerda que, si tienes cualquier duda sobre este u otro tema relacionado con la gestión de tu oficina de farmacia, desde COFMS31 te ayudamos.
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