Todo lo que debes saber sobre el registro salarial obligatorio

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Todo lo que debes saber sobre el registro salarial obligatorio

Como recordarás, con la entrada en vigor del Real Decreto 902/2020, de igualdad retributiva entre mujeres y hombres, y de conformidad con lo establecido en el artículo 28.2 del Estatuto de los Trabajadores, todas las empresas deben de tener un registro retribuido de toda su plantilla.

“El empresario está obligado a llevar un registro con los valores medios de los salarios, los complementos salariales y las percepciones extrasalariales de su plantilla, desagregados por sexo y distribuidos por grupos profesionales, categorías profesionales o puestos de trabajo iguales o de igual valor”.

El objetivo no es otro que el de llevar al mínimo las brechas salariales en las empresas y que éstas sean transparentes en lo que tiene que ver con las retribuciones, sin que haya distinciones entre los trabajadores que realicen las mismas labores.

¿Qué es el registro retribuido?

Consiste en un informe en el que se indicarán los salarios de los trabajadores de la empresa y deberá incluir los valores medios de los salarios, los complementos salariales y las percepciones extrasalariales de la plantilla desagregados por sexo. El periodo temporal de referencia será con carácter general respecto al año natural, sin perjuicio de las modificaciones que fuesen necesarias en caso de alteración sustancial de cualquiera de los elementos que integran el registro.

No obstante, cuando se solicite el acceso al registro por parte de la persona trabajadora por inexistencia de representación legal, la información que se facilitará por parte de la empresa no serán los datos promediados respecto a las cuantías efectivas de las retribuciones que constan en el registro, sino que la información a facilitar se limitará a las diferencias porcentuales que existieran en las retribuciones promediadas de hombres y mujeres, que también deberán estar desagregadas en atención a la naturaleza de la retribución y al sistema de clasificación aplicable.

En COFM Servicios 31 tenemos todo listo para que nuestros clientes tengan todo el material necesario y cumplan con la normativa vigente.

Si tienes dudas respecto a este u otros aspectos del ámbito laboral, puedes consultarlas en nuestro Departamento de Consultoría Laboral. 

 

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